1. ¿Qué es el Instituto de Verificación Administrativa?
Es un órgano desconcentrado de la Consejería Jurídica , con autonomía técnica y operativa, que tiene como objetivo principal ordenar, operar y coordinar las visitas de verificación que se realizan a los negocios e inversiones en el Estado de México, e efecto de garantizar el cumplimiento de las disposiciones que regulan las actividades económicas.
2. ¿Cuál es su función?
Ordenar, operar y coordinar las visitas de verificación que realicen las y los servidores públicos, que permitan garantizar el cumplimiento de las disposiciones que regulan las actividades económicas.
3. ¿Qué es una verificación administrativa?
Es el acto administrativo a través del cual el Instituto, en coordinación con otras dependencias llevan a cabo una vista de comprobación a las unidades económicas (negocios) para comprobar el cumplimiento de las actividades, condiciones y requerimientos que establecen las distintas normas aplicables.
4. ¿Quiénes son sujetos de verificación?
Las unidades económicas que ofrezcan un servicio en el Estado de México y que deban estar reguladas.
5. ¿Quiénes pueden acudir a verificarme?
El personal de las dependencias y organismos del Gobierno del Estado de México que se encuentre debidamente registrado como verificador y que cuente con credencial vigente expedida por el Instituto de Verificación Administrativa del Estado de México.
6. ¿Cómo puedo solicitar una visita de verificación?
A través de una solicitud dirigida al Instituto de Verificación Administrativa del Estado de México. Al correo institucional del Inveamex atencionciudadana.invea@edomex.gob.mx o a los teléfonos 01 (722) 2176118, 2176318 y 2778353, o en forma presencial en las oficinas del Instituto.
7. ¿Quién puede solicitar una visita de verificación?
Toda persona física o jurídico-colectiva, grupo social, organización no gubernamental, asociación o sociedad en general, en relación a la presunción de cualquier hecho, acto u omisión, que contravenga lo dispuesto por los ordenamientos jurídicos aplicables.
8. ¿Qué documentos debo presentar para solicitar una verificación?
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Identificación oficial: Credencial para Votar, Cédula Profesional, Cartilla del Servicio Militar Nacional o Pasaporte en original.
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En el caso de Personas Jurídico-Colectivas, los documentos que acrediten su personalidad jurídica: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado legal en original.
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Solicitud de Verificación (escrito libre).
9. ¿Qué debo de señalar en la solicitud para una visita de verificación?
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Descripción de hechos, acto u omisión que conlleve una posible contravención a lo dispuesto por los ordenamientos legales aplicables en el Estado de México.
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Datos del solicitante para oír y recibir notificaciones.
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Nombre, denominación o razón social de la unidad económica a verificar.
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Domicilio o ubicación de la unidad económica objeto de la visita de verificación, alguna referencia de ubicación, fotografía o croquis de localización.
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Firma del solicitante.
10. ¿Qué debe contener la orden de visita de verificación?
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Nombre, cargo y firma de la autoridad que emite la orden de visita, así como los datos de identificación del o los verificadores que llevarán a cabo la visita.
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Nombre de la persona que debe recibirla o datos suficientes para que permitan su identificación.
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Lugar en el que se llevará a cabo la visita.
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Objeto y alcance que debe tener la visita de verificación.
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Disposiciones legales que fundamenten la verificación.
11. ¿Como se que es un verificador autorizado?
El verificador deberá identificarse con su credencial vigente emitida por el Instituto de Verificación Administrativa del Estado de México y presentarle el original de la orden de visita de verificación y un ejemplar de la carta de derechos y obligaciones de los visitados.
Usted podrá escanear el Código QR que se encuentra en el reverso de la credencial y comprobar si el verificador se encuentra activo para realizar visitas de verificación.
12. ¿Qué es lo que no pueden hacer los verificadores?
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Acreditarse como verificadores sin credencial vigente emitida por el Instituto de Verificación Administrativa del Estado de México.
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Practicar la visita de verificación administrativa sin la orden correspondiente.
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Colocar sellos de suspensión en todos los accesos de la unidad económica.
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Pedir o recibir dinero durante las visitas.
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Conducirse de manera grosera o irrespetuosa.
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Llevarse objetos de la unidad económica verificada.
13. ¿Qué es lo que deben verificar los servidores públicos autorizados en las unidades económicas?
Sólo aquello que esté contemplado en la orden de verificación.
También podrán realizar visitas de fomento en las unidades económicas para promover, orientar e incentivar el cumplimiento y apego a las disposiciones jurídicas aplicables, en la cual no aplica una sanción.